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ADMINISTRADORES PROFESIONALES PIDEN SER TOMADOS EN CUENTA PARA MODIFICACIONES A LEY DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO

 

  • Solicitan mesa de diálogo con Jefe de Gobierno
  • Los amparos interpuestos han sido aceptados en su totalidad

 

 

Ciudad de México 28 de abril de 2015.-  A más de un mes de haber solicitado  mesa de diálogo con autoridades del gobierno capitalino y la Asamblea Legislativa (ALDF), con el fin de lograr modificaciones a la nueva Ley de Propiedad en Condominio del Distrito Federal, el Instituto de Administradores de Inmuebles  (IAI) afirmó que “hay oídos sordos a esta petición” y que no es capricho buscar estas adecuaciones a la legislación, ya que como se ha reiterado daña severamente la propiedad y plusvalía de los condóminos.

 

IAI recordó que en una reunión con la Diputada Miriam Saldaña, Presidenta de la Comisión de Vivienda de la Asamblea Legislativa, hubo una serie de compromisos por parte de la legisladora como:

 

  1. Abrogar la ley que se encuentra en vigor
  2. Elaborar nueva iniciativa de ley con expertos en el tema de condominios, conscientes de las necesidades de condóminos de la Ciudad de México
  3. Retirar a Procuraduría Social del Distrito Federal (PROSOC) facultades para certificar a administradores
  4. Eliminar  función de PROSOC para otorgar cursos de capacitación, quedándose sólo como la institución que sólo sugiere tipo de curso necesario
  5. Solicitar información sobre la recaudación de PROSOC

 

Los Administradores Profesionales esperan que a unos días de concluir el periodo de sesiones en la ALDF, la diputada Saldaña dé seguimiento al tema.

 

En tanto, públicamente la PROSOC reiteró que su ley es proteccionista. Uno de los ejemplos que pone sobre el Art. 56 (insolvencia económica) es que algunas personas de la tercera edad que no tengan recursos, pueden pagar sus cuotas con trabajos para el condominio. ¿Se imagina lo que le puede pasar a una persona de la 3a edad al cortar el césped o barrer las escaleras? y además del riesgo, ¿cómo se sentirá esa persona con respecto a sus demás vecinos? Esta situación pone en riesgo la integridad física y moral de los vecinos insolventes.

 

Además, como ya lo han manifestado condóminos, si se condonan cuotas de mantenimiento a morosos a cambio de trabajo comunitario, entonces ¿con qué dinero se pagaran servicios comunes como agua, alumbrado, vigilancia, limpieza? Los cargos caerán sobre los vecinos cumplidos.

 

Otro rubro que argumenta PROSC es sobre su aceptación completa en la decisión de la Asamblea General sobre nombramiento de administrador, sin embargo esta institución debe otorgar validez a dicha disposición, a través del registro del administrador (después de examen y curso de capacitación que dan ellos mismos) y también del condominio., adicionalmente sujetan a los administradores a cumplir periodo por dos años coartando el  derecho laboral propio, de sus empleados, así como al derecho de la Asamblea para decidir quién desea que sea su administrador. Si el administrador no está registrado ante PROSOC, se le pone una sanción económica aunque la Asamblea lo haya elegido, es como si una persona tuviera que cambiar de cardiólogo o dentista cada 2 años, ¿con argumentos de qué? ¿Cuándo se le ha pedido a un profesional que saque su cédula de registro cada año mediante un examen?  Y es que para PROSOC, los administradores Profesionales son culpables hasta que se demuestre lo contrario. Situación que ha llevado a que varios administradores hayan interpuesto amparos contra los Artículos 38 y 42 que ya han sido admitidos y se espera sentencia en tres meses.

 

Como Instituto de Administradores de Inmuebles, lo que buscamos es conciliación, mediación y diálogo para contar con una ley y reglamento que tome en cuenta a todos los actores participantes en la operación de un condominio, sin perder de vista que lo más importante es mantener calidad de vida para los vecinos y aumentar plusvalía en su patrimonio, que generalmente es adquirido con gran esfuerzo.

 

Por esta razón se solicita al Jefe de Gobierno, Doctor Miguel Ángel Mancera, que reciba a una comitiva de administradores para hablar del tema, así como a Diputada Miriam Saldaña para facilitar las modificaciones a la ley.

 

Las reformas publicadas que atentan contra el patrimonio de condóminos son:

 

  • Art. 38 Anula su derecho de nombrar al administrador que más le convenga, al condicionar su validez a un registro ante la Procuraduría Social, lo que quita representatividad al administrador, durante el tiempo que lleva el trámite tanto del administrador, como del condómino
  • Art. 42 que demerita la experiencia de administradores al obligar al cambio de administrador cada dos años, atentando contra el derecho de elección de la Asamblea General de Condóminos.
  • Art. 33 que promueve la morosidad al fijar un tope de 9% anual de interés, provocando que los condóminos cumplidos subsidien a los morosos.

 

Yesica Flores

Soy Yes, blogger desde hace más de 5 años. Me he especializado en el viejo y olvidado arte de divagar

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