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Hereda bienes, no problemas

* Durante el mes de septiembre los notarios públicos bajan sus honorarios hasta al 50% para facilitar y fomentar el otorgamiento del testamento.

* Ordinarios y especiales: los dos grupos en los que se califican los testamentos.

Ciudad de México a 4 de septiembre de 2018. Como cada año, septiembre es el mes que el gobierno federal destina a hacer conciencia del Testamento con el objetivo de fomentar entre los mexicanos la buena práctica de heredar bienes, de actuar responsablemente con nuestros seres queridos y evitar dejar problemas tras la defunción. La pregunta inicial que en el sitio de bienes raíces Lamudi.com.mx queremos plantear, la cual puede ser obvia para algunos, pero no para todos, es el significado del presente documento, qué beneficios tiene y por qué te conviene tramitarlo en el mes de septiembre.

Lo primero que debes saber es que el Testamento “es un instrumento legal que es otorgado ante un Notario público, en el que se manifiesta la voluntad sobre el destino que tendrán nuestros bienes y derechos cuando morimos” define blog del gobierno.

Es benéfico en el sentido de que promueve una cultura de previsión, da certeza y garantiza la seguridad jurídica de nuestros familiares. Otra de sus bondades, es que se asegura de que al tener el presente instrumento los parientes eviten gastos mayores (innecesarios) y pierdan el tiempo en un juicio sucesorio intestamentario que es caro, tedioso y largo.

A lo largo del mes “los notarios de todo el país extienden sus horarios de atención, brindan asesoría jurídica gratuita a las personas y bajan sus honorarios hasta un 50% para facilitar y fomentar el otorgamiento de testamentos” agregan.

El precio del testamento varía de acuerdo con cada entidad federativa. Por dar un ejemplo, Nuevo León tiene el costo más elevado de 2 mil 264 pesos, mientras que en Baja California es el más barato: 800 pesos. Por eso es necesario que los ciudadanos que desean inscribir su Testamento se acerquen con el notario público de su localidad para recibir indicación.

Para conocer al notario público de su localidad es recomendable que las personas se comuniquen al Colegio de Notarios del Distrito Federal o con el Colegio Nacional del Notariado Mexicano para las personas del interior de la República Mexicana.

Existen dos grupos en que se califican los testamentos:

El ordinario comprende el Testamento Público Abierto, Público Cerrado, Público Simplificado y Ológrafo, Mientras que el especial es segmentado en Privado, Militar, Marítimo, Espacial y Hecho en país extranjero; se explican a continuación.

Ordinarios:

Testamento Público Abierto. Este es el más común, es según el portal de testamentos del gobierno federal, el que se otorga ante notario público, de conformidad con las disposiciones de las leyes de la materia.

Testamento Público Cerrado. En el presente caso, el testador (persona que realiza el testamento) u otra persona lo redactan, lo sellan en un sobre y lo presentan ante la figura del notario acompañado de testigos.

Testamento Simplificado. En materia inmobiliaria es el más práctico, porque desde que se realiza el trámite de adquisición de la propiedad, se pueden estipular en el documento quienes la heredarán sin necesidad de abrir un testamento.

Ológrafo. Del latín hologrăphus que quiere decir de puño y letra del testador. Este tiene que acudir ante las autoridades competentes en la materia que dispongan de esta legislación.

Especiales:

Privado. Cuando el testador es atacado por una enfermedad tan grave que no le permita acudir ante el Notario Público o este no se encuentre en la localidad o en su lugar, un juez que actúe por receptoría, son algunas de las razones por las que se realiza un testamento de estas características.

Militar. “Se realiza cuando el militar o el asimilado del Ejército hace su disposición en el momento de entrar en acción de guerra, o estando herido sobre el campo de batalla. Bastará con que declare su voluntad ante dos testigos, o que entregue a los mismos el pliego cerrado que contenga su última disposición, firmada de su puño y letra”.

Marítimo. Como su nombre lo indica, este se redacta cuando las personas se encuentran a bordo de navíos de la Marina Nacional (de guerra o mercante).

Espacial. Cuando se habla de espacial, se habla de aeronaves o naves espaciales, es para todos aquellos que están por despegar.

Hecho en País Extranjero. Al respecto, el portal testamentario del gobierno describe: “Los testamentos hechos en país extranjero, producirán efecto en el Distrito Federal cuando hayan sido formulados de acuerdo con las leyes del país en que se otorgaron”.

Yesica Flores

Soy Yes, blogger desde hace más de 5 años. Me he especializado en el viejo y olvidado arte de divagar