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Ya acabaste de pagar tu crédito hipotecario, ¿y ahora qué?

Si ya terminaste de pagar tu crédito hipotecario todavía te quedan algunos trámites para concluir con este compromiso financiero. Expertos consultados por el portal inmobiliario Propiedades.com, te dan algunas recomendaciones para que tu casa sea realmente tuya.

“Cancelar una hipoteca consiste en acreditar mediante una escritura que el préstamo está pagado, así como en dejar constancia en el Registro Público de la Propiedad (RPP) que su vivienda ha quedado libre de gravamen”, explicó Leonardo González, analista del portal.

Si tienes Infonavit

El instituto informa en su portal que lo primero es iniciar con los trámites para que tu patrón ya no te descuente el pago, así que confirma que tu saldo está en ceros, solicita el Aviso de Suspensión de Descuentos y entrégalo en la empresa.

A continuación, debes solicitar la cancelación de tu hipoteca y aquí hay varias modalidades, ya sea que lo hagas ante notario o directamente en el RPP.

En el primer caso, recuerda tener a la mano el nombre del notario, el número de notaría y la dirección completa, además de su correo electrónico y teléfono.

Para el segundo, necesitarás el Folio Real o Libro II/Foja, la fecha de inscripción de la escritura de otorgamiento en el RPP y el estado donde se registró la escritura.

El instituto de vivienda informa que algunos estados solo permiten que las hipotecas se liberen a través de un notario público.

Finalmente, debes ir a recoger tu escritura. Estará disponible después de 10 días hábiles de que la solicitaste y únicamente tienes 20 días para ir por ella o la solicitud se cancelará.

En caso de que tu hipoteca sea con Fovissste

Una vez que has terminado de pagar la hipoteca debes solicitar tu constancia de finiquito al Departamento de Vivienda de la entidad donde se encuentre el inmueble por el que solicitaste el crédito.

También aquí hay dos modalidades para cancelar la hipoteca, mediante instrumento administrativo o notario público. En ambos casos necesitas identificación vigente, carta de finiquito emitida y firmada por el departamento de vivienda, subdirección de crédito o subdirección de finanzas del Fovissste, la escritura pública donde conste el otorgamiento del crédito, además de los datos de inscripción en el RPP.

Si eres tú el que va a realizar el trámite, además necesitas contar con el pago de derecho de inscripción en el RPP.

Hipoteca con institución bancaria

La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) señala que la principal causa de controversias recibidas por el organismo en relación con créditos hipotecarios es que la institución financiera no entrega la carta de liberación de adeudos o carta finiquito.

Una vez que cuentas con el documento de liberación, el Colegio Nacional del Notariado Mexicano explica que, si el deudor pagó el importe total del crédito, el banco no puede hacer ninguna reclamación.

“Sin embargo, mientras no se cancele la hipoteca ese gravamen seguirá apareciendo en el RPP, es por ello que debe acreditarse mediante una escritura que el préstamo está pagado; así como en dejar constancia en el RPP que tu vivienda ha quedado libre de gravamen”, señaló la institución en un comunicado.

Agregó que los bancos o las instituciones financieras pueden cambiar de nombre o fusionarse y esto puede complicar o alargar el proceso de cancelación si dejas pasar el tiempo.

“Si no se realiza este trámite puede complicar la venta de la propiedad, la obtención de un nuevo crédito que tenga como garantía ese inmueble o la ejecución de un testamento”, destacó Leonardo González. 

Yesica Flores

Soy Yes, blogger desde hace más de 5 años. Me he especializado en el viejo y olvidado arte de divagar

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